Contabilidad electrónica: Fechas y tipos de contribuyentes obligados a su uso.

Contabilidad electrónica: Fechas y tipos de contribuyentes obligados a su uso.

El día jueves 4 de Diciembre de 2014, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) terminó de definir tanto las fechas como los tipos de contribuyentes que estarán obligados al uso de la Contabilidad Electrónica. Además, puntualizó los detalles pendientes en el anexo 24, Aprovechamos esta entrada en el blog para mostrárselos, Recuerden que si tienen dudas o quieren compartir algo pueden hacerlo en la sección de comentarios.

La entrada en vigor de las obligaciones para la contabilidad electrónica será gradual y de la siguiente manera:

  • Las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables durante 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos están obligadas a presentar el catálogo de cuentas y las balanzas de comprobación de manera electrónica a partir del periodo de enero de 2015 el plazo de envió de la información será a más tardar el 3 de marzo de 2015 para personas morales y el 5 de marzo de 2015 personas físicas.
  • Las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables durante 2013 sean menores a 4 millones de pesos están obligadas a presentar el catálogo de cuentas y las balanzas de comprobación de manera electrónica a partir del periodo de enero de 2016 deberán enviar esta información a más tardar el 3 de marzo de 2016 para personas morales y el 5 de marzo de 2016 personas físicas.
  • Aquellos contribuyentes de sector primario que presentan sus declaraciones de manera semestral, personas morales con fines no lucrativos y personas físicas y morales inscritas en 2014, 2015 o 2016. Deberán presentar el catálogo de cuentas y las balanzas de comprobación de manera electrónica a partir del periodo de enero de 2016 esta información debe enviarse a más tardar el 3 de marzo de 2016 para personas morales y el 5 de marzo de 2016 personas físicas.

Cuando el Sistema de Administración Tributaria (SAT) necesite verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones, solicitara al contribuyente la información de las pólizas contables y auxiliares, el periodo inicial para el envío de esta información es el siguiente:

  • Las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables durante 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos deberán enviar la información correspondiente al periodo inicial de enero de 2015 el envió se realizara cuando el SAT lo solicite a partir del periodo 2015.
  • Las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables durante 2013 sean menores a 4 millones de pesos, Aquellos contribuyentes de sector primario que presentan sus declaraciones de manera semestral, personas morales con fines no lucrativos y personas físicas y morales inscritas en 2014, 2015 o 2016. deberán enviar la información correspondiente al periodo inicial de enero de 2016 él envió se realizara cuando el SAT lo solicite a partir del periodo 2016.

Es importante señalar que el catálogo de cuentas se entrega una sola ocasión y deberá enviarse cuando exista alguna modificación, a partir de las mismas fechas de entrega de las balanzas.

El sistema de Contabilidad Microsip ya contempla estas reformas a la contabilidad electrónica convirtiéndolo en el sistema de contabilidad electrónica ideal.

Si requiere más información del sistema de Contabilidad Microsip, necesita ayuda para elegir un sistema de contabilidad electrónica adecuado para usted, o tiene dudas al respecto, recuerde que puede solicitarla en la sección de Contacto y un consultor especializado se pondrá en contacto con usted.

Reformas fiscales 2014 Reglas para la contabilidad electrónica.

Reformas fiscales 2014 Reglas para la contabilidad electrónica.

No hay vuelta atrás la contabilidad electrónica es ya una realidad y el 1 de Julio de 2014 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a echo públicas las reglas en materia de contabilidad electrónica aprovechamos esta entrada en el Blog para mostrarle el comunicado de prensa publicado por el SAT.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT), publicó en su portal de internet el proyecto de la Segunda Resolución y sus anexos 1, 1-A, 2, 3, 6, 11, 14, 15, 18, 22, 23 y 24 que contiene, entre otras disposiciones, las reglas sobre referentes a entregar la contabilidad en medios electrónicos.

Las reglas que se destacan, entre otras, son las relativas a la contabilidad electrónica que los contribuyentes deben entregar a partir de este año a la autoridad fiscal, y se ah indicado que las fechas de entrega para las personas morales serán las siguientes.

  • Balanza de comprobación del mes de Julio 2014 se debe entregar en Octubre de 2014
  • Balanza de comprobación del mes de Agosto 2014 se debe entregar en Noviembre de 2014
  • Balanza de comprobación de los meses de Septiembre y octubre 2014 se deben entregar en Diciembre de 2014
  • Balanza de comprobación de los meses de Noviembre y Diciembre 2014 se deben entregar en Enero de 2015

Es importante aclarar que además de la balanza de comprobación, el catálogo de cuentas también será entregado a partir del mes de octubre y la información de las pólizas generadas se entregará únicamente a si la autoridad lo requiere conforme a las fechas señaladas para la balanza de comprobación.

En las reglas publicadas también se incluyen disposiciones relativas al Buzón Tributario como los horarios para las notificaciones electrónicas.

Es importante que esté preparado para estos cambios el sistema de Contabilidad Microsip ya está listo para efectuar la contabilidad electrónica Si necesita más información sobre el sistema Contabilidad electrónica puede ponerse en contacto con nosotros y un consultor especializado se pondrá en contacto con usted para aclarar sus dudas.

Si tiene dudas respecto a la contabilidad electrónica puede dejarlas en el área de comentarios o ponerse en contacto con nosotros.

Descargue el comunicado del SAT dando click AQUI…

 

 

Reformas Fiscales 2014 Contabilidad electrónica.

Reformas Fiscales 2014 Contabilidad electrónica.

La Contabilidad electrónica que entrará en vigor este año consiste en información que los contribuyentes deberán exportar en archivos xml desde su Contabilidad y cargar en su Buzón tributario.

La información que se exportará es la siguiente:

  • Catálogo de cuentas: El catálogo de cuentas deberá exportarse cada vez que sea modificado.
  • Balanza de comprobación: La balanza de comprobación deberá exportarse mensualmente.
  • Pólizas contables: Las pólizas contables registradas en un periodo de tiempo deberán exportarse para solicitar devoluciones, compensaciones, o cuando el SAT así lo requiera.

Por el momento el SAT no ofrece una forma de cargar los archivos automáticamente al Buzón tributario por lo que los usuarios deberán generar estos archivos en sistemas de Contabilidad electrónica como Contabilidad Microsip una vez generados deberá cargarlos manualmente al Buzón tributario.

La entrada en vigor de la Contabilidad electrónica será en Julio de este año para personas morales, sin embargo, existe la probabilidad de que el SAT de una prórroga que postergue su inicio a algún mes del segundo semestre de este año. Esta prórroga se debe a que ha habido retrasos por parte del SAT en la definición de las reglas de operación de este nuevo requerimiento.

Microsip está en comunicación directa con el SAT, de hecho a participamos activamente en el proceso de definición de las reglas de operación de la Contabilidad electrónica. El equipo de desarrollo de Contabilidad Microsip ya está trabajando en este tema, por lo que estaremos listos en tiempo y forma para que los usuarios de Microsip puedan cumplir con esta nueva disposición fiscal.

En cuanto tengamos más información respecto a la prórroga o información sobre cambios en las reglas de operación se las haremos saber por medio de nuestro blog, puede suscribirse para recibir todas las actualizaciones en su correo electrónico si tiene dudas puede dejarlas en el área de comentarios o ponerse en contacto con nosotros.